Para ejercer el derecho de votar los hermanos deben de tener 18 años y tener como mínimo un año de antigüedad en la Hdad. Además de estar al corriente de cuotas.
Para dicho cabildo se ha confeccionado un censo de votantes donde están los hermanos que cumplen las normas establecidas para ejercer el derecho a votar.
Aconsejamos a los hermanos/as que pasen por la casa de Hdad. para ver si su nombre están en las listas y si no estuvieran subsanar el error y corregir el censo, para ello el censo estará expuesto hasta el dia 6 de mayo (viernes) o lo que es lo mismo 15 días antes del cabildo de elecciones.
No pudiendolo hacer pasada dicha fecha, al igual que informamos a los hermanos que no puedan asistir dicho día del cabildo por motivos de trabajo o por encontrarse fuera de la ciudad que pueden ejercer el derecho al voto por correo, para ello deberán de solicitarlo a la Secretaria de la hdad.
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